Opciones de residencia para quienes NO son ciudadanos de un país miembro de la Unión Europea
Hay muchas personas que a pesar de no tener la posibilidad de obtener la nacionalidad europea por ningún medio, tienen la intención de mudarse a España. Estas son las diferentes opciones a tener en cuenta.

VISADO DE ESTUDIANTE
Este visado, permite permanecer legalmente en España más de 90 días con el fin de estudiar o realizar investigaciones en el territorio español. Con la posibilidad de trabajar a tiempo parcial o realizar prácticas remuneradas. Para obtener este permiso es necesario presentar toda la documentación correspondiente para demostrar los estudios que se van a llevar a cabo.
VISADO DE RESIDENCIA PARA EMPRESARIOS
También conocido como visado de emprendedor.
Si la intención es desarrollar un negocio en España y está alineado con los intereses socioeconómicos del país, y a través del plan de empresa se puede demostrar que es innovador e incluye alto grado de tecnología, es posible acceder fácilmente a esta tarjeta de residencia.
No obstante, si la idea de negocio es más convencional, la opción ideal será el permiso de trabajo por cuenta propia. En Cruzar el charco tenemos un equipo de abogados que podrán ayudarte con el proceso de la constitución empresarial y la optimización fiscal de los impuestos que se deriven de la misma.
RESIDENCIA NO LUCRATIVA
Esta opción va dirigida a quienes no quieran ni tengan la necesidad de trabajar en España.
Los requisitos para obtener este visado son: Contratar un seguro de vida y demostrar la posesión de fondos económicos suficientes (26.000 euros aproximadamente) o el ingreso mensual equivalente a 2130 euros.
VISA PARA INVERSORES
Este tipo de tarjeta de residencia es para quienes desean invertir en el sector inmobiliario español. Es el tipo de visado es el más sencillo de conseguir y con la menor cantidad de requisitos. Pero la suma de los inmuebles a adquirir debe ser como mínimo de 500.000 euros (si, quinientos mil euros)
RESIDENCIA PARA UN FAMILIAR DIRECTO DE UN CIUDADANO COMUNITARIO
En este tipo de visado se incluyen los ascendientes, descendientes o parejas de ciudadanos europeos. Esto indica, que cualquier persona que tenga un familiar en línea directa que tenga ciudadanía europea puede acceder a esta tarjeta de residencia, luego de demostrar el parentesco.
En el caso de tener una pareja que sea ciudadana de la Unión Europea, es posible solicitar la residencia tanto a través del matrimonio como de la constitución de una pareja de hecho.
RESIDENCIA POR ARRAIGO
También conocido como permiso por circunstancias excepcionales.
En este caso, existen tres tipos de arraigo: Familiar, Laboral, y Social.
El arraigo familiar será concedido a aquellos ciudadanos extranjeros que sean hijos de madre o padre originarios de España; o bien a aquellos que tengan hijos menores de edad con nacionalidad española. Hablaremos en una nota aparte sobre este tipo de residencia.
Arraigo laboral: en caso de haber estado trabajando de forma irregular por dos años puedes solicitar el arraigo laboral. El proceso requiere demandar a la empresa para poder llevarse a cabo.
Arraigo social: luego de tres años de situación ilegal en España y ante la posibilidad de una oferta de trabajo, se puede solicitar el arraigo social.
Como ven, son muchas las opciones que se pueden evaluar para intentar vivir en España a pesar de no contar con un pasaporte comunitario. Desde Cruzar el Charco podemos ayudarte para realizar los trámites necesarios en cada caso y contamos con un equipo de profesionales en el área legal que podrán llevar a cabo todo el proceso. Consúltanos sin compromiso.